jueves, 3 de abril de 2014

La administración de España bajo los Borbones

Esta semana, en el grupo 6 hemos tenido que tratar el artículo llamado “La administración bajo los Borbones”, escrito por Consuelo Maqueda Abreu y José Cano Valero. Y hemos realizado un resumen del mismo, que os expongo a continuación.

A la muerte del último de los Austrias que reinó en España, comienza el reinado de la dinastía Borbón (de origen francés). Con la balanza de equilibrio de poder inclinada a favor de Francia, se desencadena un conflicto europeo, una lucha por el poder.

El primer rey Borbón en España es el nieto de Luis XIV, en 1701, cuyas medidas más destacadas (influenciadas por el conflicto europeo y el Despotismo Ilustrado) fueron: 

- Imponer la Ley Sálica, por la que las mujeres no podían reinar. 

- Centralización y unificación del poder político-administrativo. 

Estas reformas afectaron en primer lugar a la propia Corona, por tanto, eliminando el sistema hereditario. Además el poder real se vio fortalecido, incluso, respecto a asuntos eclesiásticos. 

De esta forma la Corona de España pasó a ser Despotismo Ilustrado. 

Las Cortes de Castilla intentaron, fallidamente, recuperar poder, al igual que las de Aragón; Además estas últimas terminaron siendo abolidas y, sus diputados, incorporados a las de Castilla para que finalmente solo fueran convocadas una vez más. 

En esa ocasión, el tema más relevante que trataron fue la anulación de la no sucesión hereditaria, pero que no se publicó. Argumento que sería utilizado más tarde por los Carlistas para apoyar su causa y rechazar que la sucesora fuera Isabel II. 

Progresivamente, los Borbones reforman lentamente la Administración central, inspirándose (como no podía ser de otra forma) en la francesa e implantando un sistema por Ministerios, y no por Consejos. 

Por otra parte, la forma en que los Borbones administraron el reino, era similar a la de los Austrias, aunque los órganos colegiados perdieron importancia respecto a los unipersonales. El mejor ejemplo de reformismo Borbón está en los llamados Decretos de Nueva Planta, aprobados en 1716 y que anulaban la antigua reforma al tiempo que introducían nuevas autoridades como los corregidores reales en las principales ciudades y villas. A pesar de esta gran centralización de poder, Navarra y el actual País Vasco como recompensa a su lealtad en el tema de la sucesión, mantuvieron sus fueros e instituciones. 

Felipe V llevó a cabo un reformismo muy moderado y cambiante; en una primera etapa de su reinado, suprimió el Consejo de Aragón, pasando sus competencias a instituciones castellanas. Hasta que al final de la Guerra de Sucesión (1713-1714), se iniciara la reforma de los consejos. 

Con la cual aumentó el número de presidentes y consejeros al tiempo que se organizaban las salas. Además hubo cambios en todos los consejos y sus funciones e incluso algunos fueron suprimidos, desplazándose el peso del poder político-administrativo de los Consejos a las Secretarías de Estado y del Despacho -éstas serían reunidas a finales del s.XVIII en una Junta Suprema de Estado, considerada el primer Consejo de Ministros español­-. Este régimen se mantiene hasta el s.XIX. 

No obstante, estas reformas no durarían mucho, ya que en 1715 se inicia un nuevo periodo en el reinado de Felipe V, en el que una contrarreforma restituye los antiguos Consejos y Tribunales. En esta etapa teóricamente el rey asume una gran parte del poder, aunque delega mucho en los secretarios. 

Se suceden entonces múltiples gobiernos que llevan a cabo sus propias reformas, hasta la llegada de José Patiño (Ministro Universal, que acaparó el poder de todas las Secretarías), con quien los Borbones llegan a su auge, se consolida el sistema ministerial y se anticipa la figura de Primer Ministro. 

En cuanto a la administración territorial, los Borbones, a diferencia de los Austrias, ejercerían un poder absolutista sobre los diferentes territorios que integraban las Coronas de Castilla y Aragón, unificando y centralizando su gestión. 

En Aragón, sin embargo, la administración territorial era más transparente que en Castilla. En ésta, los corregimientos del s.XVI, pasan a ser Provincias en el s. XVIII con intendentes al frente. Del mismo modo que ocurre en Aragón, con la diferencia de que allí, lo sustituido son las Bailías, Distritos y Vaguerías. 

Los virreinatos pasan a ser Provincias, con un Capitán General a la cabeza que a su vez responde ante Audiencias y Chancillerías. Finalmente, el territorio de la Monarquía Española queda dividido de la siguiente forma: once Capitanías Generales o Provincias con sus Audiencias y, Navarra, con su propio Consejo, que junto al País Vasco, mantuvo ciertos privilegios por su apoyo a la corona. 

Los corregidores por su parte (figura creada por los Austrias), aumentaron en número notablemente hasta que en 1783 pasaron de ser figuras políticas a los simples funcionarios actuales. 

Una de las aportaciones más importantes de los Borbones –sobre todo en Aragón- fue la introducción de la figura del intendente en España, en principio con funciones militares, pero pronto financieras, de justicia y policía. Estas figuras acabaron asumiendo demasiadas competencias, haciendo que fueran necesarias nuevas reformas. Que no fueron realmente efectivas, incluso cuando bajo el reinado de Carlos III se separaron las competencias de Intendentes y Corregidores. 

La división del territorio, que sirvió de modelo para la actual división en provincias, fue la siguiente: 

Había 27 Intendencias; de las cuales, 8 eran de ejército y 18 de provincia (estas a su vez, de 1ª, 2ª y 3ª clase). 

En lo que se refiere a la Administración Local, los Borbones, trataron de imponer el modelo castellano por su uniformidad y centralización de la actividad. Y aunque su primera reforma fue en Aragón, pronto se extendió a Castilla. Es entonces cuando, tras la castellanización de los Ayuntamientos de Valencia, Zaragoza y Aragón, en 1713, esta reforma se extiende por el resto de poblaciones. 

Durante el reinado de Felipe V se emprenden reformas que afectan a todo el reino, por ejemplo en lo respectivo a la recaudación de ciertos impuestos. 

Ya durante el reinado de Carlos III, influido por la Ilustración y ante el descontento popular, se inicia un proceso democratizador: Se implanta en todos los pueblos las figuras del Procurador Síndico Personero y los Diputados del Común, que velaban por los intereses de la clase popular. 
Por último, se regulan las funciones de los Alcaldes de Barrio, que hacían cumplir al pueblo las ordenanzas.

 Mapa de España tras la implantación de Decretos de Nueva Planta.

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