martes, 8 de abril de 2014

Grupo 4 DECRETOS DE NUEVA PLANTA-Andrea Bañón

Nuestro grupo habló de Los Decretos de Nueva Planta:
Los Decretos de Nueva Planta son un conjunto de reformas hechas entre 1707 y 1716 por el rey Felipe V de Borbón, para centralizar y unificar el poder en la administración del país.
Esto ocurrió de acuerdo con el fortalecimiento de las monarquías europeas, (especialmente la francesa), por la influencia de esta (de donde venía el nuevo rey) y debido a la guerra (civil / internacional) de Sucesión.
Para lograr esta unificación  se eliminaron las leyes, fueros e instituciones (Cortes) de la Corona de  Aragón  (integrada  por el Reino de Valencia, el Reino de Aragón, el Principado de Cataluña y el Reino de Mallorca), en parte como castigo por  su apoyo al Archiduque Carlos durante la guerra de Sucesión, acabando así  con  la estructura compuesta de la Monarquía Hispánica de los Austrias, y de paso con el poder de los opositores al reinado borbónico (llamados austracistas).

Con estos Decretos de Nueva Planta se produjo el paso de una estructura confederativa de pueblos autónomos a una estructura unitaria, en la que se suprimieron los privilegios de los reinos integrados en la unidad española para dar paso a una estructura común centralizada, que otorgaba mayor poder al rey.
Estos decretos se caracterizaron por :
- La improvisación e indefinición en su aplicación.
-Preeminencia del poder  militar en la administración territorial,  con el nombramiento de corregidores pertenecientes a este y con la creación de la figura del Capitán General, de origen aristocrático, perteneciente a los círculos más importantes del ejército, cuya autoridad fue reconocida e indiscutida, encarnando el poder.
- Eliminación de la  figura del virrey (salvo en Navarra).
-Eliminación de las Cortes de Aragón, Cataluña y Valencia ,creándose así unas cortes únicas para todo el país (con la excepción de Navarra),las cortes castellanas, que recibieron a los representantes valencianos y aragoneses desde 1709, y a los catalanes desde 1724.
Las Cortes perdieron  parte de sus poderes (aprobación de tributos) y se reunieron casi exclusivamente para jurar al heredero y  para realizar las peticiones previamente autorizadas por el rey.  
-Aplicación de un nuevo régimen fiscal por los Intendentes a partir de 1716, basado en gravar las propiedades rústicas, urbanas e hipotecas con un 10% sobre el valor de tasación.
A esto se añade además un tributo personal (excluida la nobleza) sobre las rentas derivadas del trabajo personal, y los beneficios logrados de la manufactura y el comercio.
Este impuesto recibió varios nombres:
-Catastro (Cataluña)
-Equivalente (Valencia)
-Talla (Menorca)
            -Única contribución (Aragón) 
 La aplicación de estos decretos supuso un  proceso de  centralización y castellanización de los territorios de la monarquía hispánica :
·1er  y 2º  decreto
Comenzaron el 29 de junio de 1707 en los  Reinos de Valencia y Aragón (respectivamente) y se impusieron tras  la victoria borbónica en Almansa.
-Abolieron todo el sistema legislativo e institucional de ambos reinos.
-Para la aplicación de las leyes castellanas se crearon órganos superiores de justicia, siguiendo el modelo castellano.
-En el Reino de Aragón, la asimilación castellana fue menos dura, por  tener el mismo idioma (de los Trastámara que ocupaban el trono aragonés).
·3º decreto: Islas Baleares, aplicado el 28 de noviembre de 1715 (fue menos rígido debido a una actitud más negociadora
·4º decreto: Cataluña.
Dictado el 9 de octubre de 1715, y aplicado el 16 de enero de 1716, fue especialmente duro:
     -Abolió la Generalidad  de Cataluña, las Cortes y el Consejo de Ciento
     -Se sustituyó la figura del virrey por un capitán general (al igual que en el resto de los territorios de la corona de Aragón)
     -Se dividió Cataluña “a la castellana” en 12 corregimientos, que fueron  los antecedentes de la provincias y luego de las comunidades a    - Se prohibieron los somatenes (milicias populares catalanas)
    -Se estableció el catastro, gravando propiedades  tanto urbanas como rurales, y los beneficios del trabajo, comercio e industria.
    -Se impuso el castellano como idioma oficial de la administración, usándose obligatoriamente en las escuelas y juzgados.
   - Se cerraron las universidades catalanas que apoyaron al archiduque Carlos, trasladándose a Cervera (Lérida),  zona que había sido fiel a Felipe V durante la guerra..
                            Un caso aparte fueron los territorios de Navarra y el País Vasco
Navarra
-Como los  navarros fueron partidarios de Felipe V, se mantuvieron sus fueros porque el monarca no encontró motivaciones para cambiar su sistema.
-Aun conservan una diputación y otras singularidades.
País Vasco: Su sistema foral sobrevivió durante todo el siglo XVIII.
 Lo más importante de estos decretos fueron las consecuencias que conllevaron:
Las consecuencias de todo esto fueron:
- Centralización , castellanización y homogeneidad del territorio español , que  provocó la perdida de poder de las Cortes y otorgó mayor poder al monarca.
- Desaparición de los fueros de la Corona de Aragón. 
- Importancia del poder militar en la administración.
- Mayor independencia del País Vasco y Navarra (con respecto al resto de territorios de España) por su apoyo durante la Guerra de Sucesión a Felipe V. 
Aparte de estos casos Felipe V tuvo que admitir privilegios y particularidades de  aquellos aragoneses y valencianos,  que habían sido fieles a su causa, por ello se habló antes  de indefinición y desajuste en su aplicación. 
Con los decretos se  creó una herida en  los territorios orientales (sobretodo Valencia y Cataluña), por la vulneración de su historia, lengua, costumbres, instituciones… 
Bibliografia
Información
-Apuntes de Bachillerato y  de la Universidad
-Enciclopedia del saber , Santillana nº 8 Historia de España
-Hablemosdehistorias.blogspot.com.es 




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